Micelio
Auto20 de mayo de 2026

A-649 de 2026

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 7 Administrativo del Circuito de Santa Marta y el Juzgado Único Laboral del Circuito de El Banco (Magdalena).

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.

Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.

Teniendo en cuenta que la Sala Plena de la Corporación concluyó que ninguna de las autoridades involucradas es territorialmente competente para decidir la solicitud de amparo, decidió remitir el expediente a la Oficina Judicial de Reparto de Bogotá D.C., para que sea distribuido entre los jueces competentes, en aplicación del artículo 37 del Decreto 2591 de 1991.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. REMITIR el expediente ICC-5388 a la Oficina Judicial de Reparto de Bogot� D.C., para que sea distribuido entre los jueces competentes, en aplicaci�n del art�culo 37 del Decreto 2591 de 1991.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretar�a General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la decisi�n adoptada en esta providencia a la parte accionante y a las autoridades judiciales involucradas. Notif�quese, comun�quese y c�mplase. PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA Presidenta NATALIA �NGEL CABO Magistrada CARLOS CAMARGO ASSIS Magistrado HECTOR ALFONSO CARVAJAL LONDO�O Magistrado JUAN CARLOS CORT�S GONZ�LEZ Magistrado LINA MARCELA ESCOBAR MART�NEZ Magistrada VLADIMIR FERN�NDEZ ANDRADE Magistrado JORGE ENRIQUE IB��EZ NAJAR Magistrado MIGUEL POLO ROSERO Magistrado ANDREA LILIANA ROMERO LOPEZ Secretaria General [1] Expediente digital, archivo �03DemandayAnexos.pdf�. [2] Ibid., p. 39. [3] Ibid. [4] Ibid., p.p. 9 y 41. [5] Expediente digital, archivo �02ActaReparto.pdf�. [6] Expediente digital, archivo �04AutoRemitePorCompetencia .pdf �. [7] Ibid. [8] Expediente digital, archivo � 08AutoConflictoNegativoCompetencia.pdf �. [9] Expediente digital, archivo �Correo envio ICC 5388.pdf�. [10] Corte Constitucional, autos 014 de 1994, 087 de 2001, 122 de 2004, 280 de 2006, 031 de 2008, 244 de 2011, 218 de 2014, 492 de 2017, 565 de 2017, 178 de 2018, 325 de 2018 y 091 de 2022. [11] Corte Constitucional, a utos 170A de 2003 y 205 de 2014. [12] Corte Constitucional, autos 159A de 2003, 170A de 2003, 003 de 2018 y 091 de 2022 [13] Ver, por ejemplo, el Auto 493 de 2017 de la Corte Constitucional. [14] El art�culo 8� transitorio del t�tulo transitorio de la Constituci�n Pol�tica de Colombia de 1991 (introducido por el art�culo 1� del Acto Legislativo 01 de 2017) dispone: � Las peticiones de acci�n de tutela deber�n ser presentadas ante el Tribunal para la Paz, �nico competente para conocer de ellas � (negrillas fuera del texto original). [15] De conformidad con lo dispuesto, entre otros, en el Auto 655 de 2017 debe entenderse que la expresi�n � superior jer�rquico correspondiente � se refiere a � aquel que de acuerdo con la jurisdicci�n y especialidad de la autoridad judicial ante la cual se surti� la primera instancia, funcionalmente funge como superior jer�rquico � (negrillas fuera del texto original). V�anse tambi�n, por ejemplo, los Autos 486 de 2017 y 496 de 2017. [16] Corte Constitucional, autos 299 de 2013, 074 de 2016 y 1003 de 2024. [17] Corte Constitucional, autos 086 de 2007, 048 de 2014 y 1003 de 2024. [18] Corte Constitucional, autos 056 de 2020 y 1003 de 2024. [19] Corte Constitucional, Auto 1003 de 2024. [20] Corte Constitucional, autos 210 de 2021, 170 de 2024, 1668, 1669 de 2024 y 213 de 2025, entre otros. [21] Expediente digital, archivo �03DemandayAnexos.pdf�, p. 39. [22] Corte Constitucional, Auto 1456 de 2025. Previsora S.A. Compa��a de Seguros, Manual Sistema de Atenci�n al Consumidor Financiero y Servicio al Ciudadano � SAC, 2022, https://www.previsora.gov.co/documents/d/guest/manual_sac_v8_2022 . [23] Expediente digital, archivo �03DemandayAnexos.pdf�, p. 9.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.